Los créditos para el consumo surgen de la necesidad de cubrir el amplio espectro que va desde los préstamos para grandes compras (viviendas, coches, etc…) y las tarjetas de crédito que cubren pequeños gastos cotidianos. Éste tipo de créditos, que suelen ser de entre 500 y 20.000 euros, se han convertido en la forma de financiamiento más común.
Existen muchos tipos de créditos al consumo, según el fin para el que vaya a utilizarse el dinero. Los intereses suelen ser bastante más elevados que los préstamos hipotecarios (más del 5% TAE) y el tiempo de devolución suele ir de uno a diez años. Además, las entidades financieras suelen aplicar gastos y comisiones de apertura y cancelación.
Además de los bancos y entidades financieras, los créditos al consumo también suelen ser ofrecidos por muchos grandes almacenes y establecimientos para poder pagar a plazos algunos de sus productos de mayor cuantía.
Recientemente, la ley que regula los créditos para el consumo fue objeto de varias modificaciones que se traducen en cambios importantes a tener en cuenta.
Novedades en los créditos al consumo
La nueva ley, establece una serie de nuevas normas, orientadas principalmente a un mayor control por parte de las entidades prestamistas de las condiciones de solvencia del prestatario al que se concede el crédito. Entre los principales cambios se encuentran los siguientes:
* La entidad prestamista debe asegurarse de la solvencia del consumidor antes de aceptar el contrato.
* Los anuncios publicitarios de estos productos financieros deben contener la información básica sobre el crédito que se ofrece.
* El consumidor siempre podrá devolver el dinero prestado de forma anticipada.
* El prestamista debe explicar al prestatario todas las características del crédito al consumo y dejar claro las consecuencias en caso de que el consumidor no pueda devolver la cantidad prestada.